Columnas 2004

COLUMNAS PUBLICADAS, PERIODICO VANGUARDIA, 2004

Saturday, September 23, 2006

El gallinero político

El gallinero político. Jesús Humberto González de León.

En el gallinero de la política, la gallina mas alabada no es la que pone el mejor huevo sino la que mejor sabe cacarearlo. Sin embargo, afortunadamente la ley en Coahuila prevé limites para evitar que un gallo cacaree el huevo mas de lo debido y con cargo de los impuestos ciudadanos. El Código Financiero es muy claro: “En los gastos de difusión, promoción y publicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3% de los ingresos presupuestales totales (del año). El espíritu del legislador en ese articulo debe haber sido: evitar que grandes cantidades de dinero se dedicaran a propaganda y de rebote generar condiciones de equidad en el posicionamiento de la imagen de los calefactos. En Saltillo, a punto de terminar el año, ya se excedió ese tres porciento. Esto hay que denunciarlo en este espacio, siguiendo el consejo de Don Guillermo Prieto, quien dijo: “La prensa es el freno para sujetar las demasías de los gobernantes y poderosos, el apoyo mas firme de la libertad y el medio mas eficaz de difundir conocimientos y popularizar la instrucción.”. A estas fechas se esta enviando un informe de gobierno municipal impreso a todo color, en los recibos del agua, informe que seguramente será también exhibido adicionalmente en televisión, radio y prensa. Además, el articulo 271 del mencionado código dice que: “El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o adecuaciones presupuestarias, siempre y cuando se justifique la necesidad de obras y servicios que el propio ayuntamiento califique como de prioritarias o urgentes”. Pero en este caso ni el ayuntamiento ha aprobado ninguna adecuación para gastar de mas en publicidad, ni ese gasto es para obras o servicios, y menos un asunto prioritario ni urgente.

La interpretación del famoso articulo 107 de la Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales, menciona que se les puede negar el registro a candidatos que caigan en varios supuestos. El mas importante es la promoción de la imagen a través de la propaganda y publicidad que tenga como fin el inequívoco propósito de obtener la postulación a un cargo de elección popular. “Se entenderá por fin inequívoco, toda actividad propagandística y publicitaria que no admita, ni deje lugar a duda alguna que el ciudadano infractor tiene el propósito de obtener la postulación a un cargo de elección popular y que esta actividad se anticipe a los tiempos señalados...” Resulta ingenuo creer y sería muy difícil que una actividad propagandística no admita ni deje dudas de que tiene el propósito de obtener una postulación, ya que las tácticas usadas son muy sutiles y disimuladas. Se debería modificar este articulo para hacerlo mas claro, que realmente de condiciones de equidad a los que pretendan participar en elecciones, así como hacer cumplir el limite ya establecido del 3% de gastos de publicidad en los presupuestos.
Para meditar: ¿A que horas van a cumplir los calefactos su grave responsabilidad y obligaciones de padrinos con sus numerosos ahijados? “Los gobiernos justificados, aquellos cuyos actos responden a la opinión general y al sentimiento publico no temen ni pueden temer a la prensa.” jesus50@hotmail.com

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